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ESTA CONVOCATORIA ESTA VIGENTE. Capítulo II Artículo 77. Tratándose de inmuebles compartidos, serán responsables conjuntamente las Dependencias, Entidades, Poderes Legislativo y Judicial y Organismos Autónomos que los posean, incluyendo lo relativo a las áreas comunes. En caso de que existan diferencias entre lo reclamado y lo determinado por la Aseguradora en el convenio de liquidación, deberán comunicarlo por escrito a la DCP, para que ésta a su vez lo comunique al despacho de personas valuadoras de la Aseguradora, para que se determine lo procedente. Para efectos del pago de deducible cuando los siniestros de Vehículos oficiales provengan de la culpa o dolo del Personal usuario, se estará a lo dispuesto en el artículo 93 de los presentes Lineamientos. Artículo 104. La Secretaría, a través de la Subsecretaría de Administración o las personas servidoras públicas que al efecto se designen, podrá autorizar a favor de las Dependencias y Entidades el uso temporal de espacios que se desprendan de inmuebles propiedad estatal, siempre que se encuentren bajo rectoría y administración de la Secretaría. Universitaria 1801, San Miguel Artículo 22. Cuando un bien inmueble del Estado total o parcialmente deje de estar en destino, en uso, bajo rectoría de las Dependencias o Entidades, o bien deje de utilizarse para el propósito por el cual fue adquirido, quienes posean atribuciones sobre la vocación del mismo, informarán por escrito y pondrán el citado inmueble a disposición de la Secretaría, dentro de un plazo no mayor a quince días hábiles posteriores a su desocupación. Paz, justicia e instituciones sólidas», contempla el objetivo 6.4 «Garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas estatales», que contiene la línea estratégica «Consolidación de servicios gubernamentales confiables, eficientes e innovadores para la población en el estado de Guanajuato», y la estrategia 6.4.3 «Eficiencia en el ejercicio del gasto público» destacando entre sus líneas de acción «Robustecer las políticas y mecanismos de control y austeridad del gasto público». [2] Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 134, Segunda y Tercera partes, del 07 de julio de 2021. Artículo 81. Se podrá asignar un mismo bien inmueble propiedad del Estado para el servicio de distintas Asignatarias, siempre que con ello se cumpla con sus requerimientos y se permita un uso adecuado del bien. A fin de atender lo establecido por el Consejo Nacional de Armonización Contable, la Dependencia o Entidad que detente el uso, deberá proporcionar el Centro de Coste y la demás información que determine la DCP mediante oficio circular que al efecto publique en la Página electrónica. FUNCION BASICA Mantener actualizado el registro y control patrimonial así como coordinar la toma del Inventario Físico. Artículo 19. Dirigir, coordinar y evaluar las actividades técnicas y administrativas de la oficina de control patrimonial, de acuerdo a normal y dispositivos legales vigentes. Artículo 20. Breña, Lima, Perú. Conclusión del trámite de escrituración. La conservación, mantenimiento, vigilancia y administración en general de los bienes inmuebles del Estado, quedará a cargo de quienes los tengan en uso, destino o por quien posea atribuciones sobre la vocación de los mismos, debiendo atender las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Artículo 60. En la celebración de estos contratos, deberá constituirse garantía y/o fiador(a), a fin de garantizar su cumplimiento. Héctor Salgado Banda, Secretario de Finanzas, Inversión y Administración, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 80 primer párrafo y 100 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 1, 3, 13 fracción II, 17 primer párrafo, 18 primer párrafo y 24 fracciones IV, incisos d), f) y g) y IX, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato; 6 fracciones I y IX y 62 de la Ley del Patrimonio Inmobiliario del Estado; 102, segundo párrafo, de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato; 9 fracción VII y 17, tercer párrafo, de la Ley de Contrataciones Públicas para el Estado de Guanajuato; así como en observancia a lo dispuesto por los artículos 2, 5 y 6 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración; y. El «Plan Estatal de Desarrollo Guanajuato 2040» [1], se encuentra integrado por cuatro ejes temáticos o dimensiones, dentro de las que se encuentra la «Dimensión 4 Administración Pública y Estado de Derecho», cuyo fin consiste en promover una gestión y políticas públicas de excelencia, confiables y cercanas al ciudadano, que garanticen una sociedad democrática, justa y segura. Av. Para el arrendamiento de espacios de bienes inmuebles propiedad del Estado, las Dependencias y/o Entidades que tengan el resguardo de los inmuebles, deberán solicitar a la persona titular de la Subsecretaría de Administración a través de quienes sean titulares de sus Áreas Administrativas, la celebración de los contratos de arrendamiento respectivos, manifestando no existir inconveniente, señalando quién fungirá como arrendatario y proporcionando los datos de identificación del mismo. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales y administrativas previamente invocadas, he tenido a bien expedir los siguientes: LINEAMIENTOS GENERALES DE CONTROL PATRIMONIAL DE LA ADMINISTRACIÓN, Capítulo Único Teléfono: 7444407077, Colonia Centro Calle Comonfort (Acapulco De Juárez). Puedes postular a programas de apoyo financiero para alumnos y postulantes de pregrado. El autor estudia el régimen de responsabilidad patrimonial de la Administración pública en el ordenamiento peruano, partiendo de las relaciones que guarda éste con el régimen de expropiación forzosa y las garantías que ofrece para hacer frente a los daños derivados de la actuación administrativa. We are licensed in Nuisance Wildlife . OBJETIVO: CONTROL PATRIMONIAL 2018. Compra Venta de Bienes Inmuebles, Atención a solicitudes de adquisición de inmuebles. Las Áreas Administrativas generarán en la PEI los resguardos correspondientes de los Vehículos y los remitirán debidamente firmados a la DCP, a más tardar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de alta. We are the states leaders when it comes to bat removal. En los casos de la reparación de Vehículos oficiales siniestrados, el Personal usuario será responsable de recibirlos a entera satisfacción y elaborará los reportes de recepción correspondientes, los cuales deberán contener: el número de placas, número de control, marca y modelo de las unidades, fecha de recepción, así como el nombre y firma de quienes entregan y reciben, debiendo informar lo conducente a la DCP vía oficio o firma electrónica en un plazo no mayor a diez días hábiles. Para las personas morales, las solicitudes respectivas deberán estar firmadas por sus representantes legales, acompañando a la misma copia del o los documentos que acrediten dicha representación, así como la de su legal existencia. Por lo que, a través de los presentes Lineamientos se regulan los procedimientos en materia de control patrimonial aplicables a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal. En el caso del mantenimiento de inmuebles del Estado, se estará a lo previsto por los Lineamientos de Servicios Generales de la Administración Pública Estatal. From Business: Bat and Wildlife Solutions is a locally owned and family operated nuisance animal removal company. En casos excepcionales y debidamente justificados, previo al vencimiento del plazo establecido en el párrafo anterior, podrá solicitarse a la DGRMSGC la autorización para presentar las denuncias en un plazo mayor al originalmente estipulado, debiendo cumplir los criterios que para tal efecto determine la DCP. El Personal usuario, interpondrá las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público, solicitando copia certificada de las mismas y verificando que los datos asentados en éstas sean correctos; asimismo, reportarán los robos a las autoridades de Tránsito Municipal y Tránsito del Estado que correspondan y a la Guardia Nacional; debiendo tramitar las bajas de placas ante las autoridades correspondientes. Artículo 106. Para la Asignación de terrenos ejidales a favor del Estado, las Dependencias y/o Entidades deberá considerarse lo siguiente: Para efecto de lo señalado en el párrafo anterior, la Dependencia o Entidad deberá coordinarse con la DCP a fin de acreditar los requisitos de personería jurídica para la obtención del correspondiente título de propiedad y su inscripción en el Registro Agrario Nacional y en el Registro Público de la Propiedad. Artículo 70. Este libro resume algunas instituciones del derecho de familia no patrimonial. You will find the events, calls and informative talks organized by the university. Artículo 87. Cuando se trate de municipios, las peticiones deberán suscribirse por la persona titular de la Presidencia Municipal. Cuando los siniestros sobre Contenidos provengan de la culpa o dolo del Personal usuario, éste deberá efectuar el pago del deducible a la Dependencia o Entidad de su adscripción, previa determinación de la autoridad competente. Lo anterior, en armonía con lo previsto en el artículo 20 de los presentes Lineamientos. Siniestros en Bienes Estatales, Reporte de siniestro en bienes inmuebles y Contenidos. En el caso de tierras parceladas, procederá su enajenación a favor del Estado, hasta que las personas ejidatarias interesadas adopten el dominio pleno de sus parcelas, cancelen su inscripción en el Registro Agrario Nacional e inscriban el título de propiedad que se les expida en el Registro Público de la Propiedad correspondiente. La Secretaría, en el ámbito de su competencia, aplicará e interpretará las presentes disposiciones para efectos administrativos. Sección VI Artículo 74. El presente Curso de Especialización Avanzada busca que el estudiante, abogado, magistrado, funcionario público o árbitro conozcan y manejen los aspectos teórico y prácticos relacionados al Derecho Civil Patrimonial. Artículo 47. Artículo 51. Artículo 33. Capítulo III Alta y Baja de Inmuebles en el Padrón de la Propiedad Inmobiliaria Estatal, Notificación a la DCP sobre escrituración. Established in 2000. Artículo 79. Recursos informáticos para fines académicos. 3. Artículo 95. Cuando proceda la baja de un bien inmueble por cancelación del registro del Padrón de la Propiedad Inmobiliaria Estatal, la DCP remitirá oficio a la Dirección General de Contabilidad Gubernamental de la Secretaría, para que efectúe la baja del registro contable del activo correspondiente. Quienes sean representantes legales de las Dependencias y Entidades, ratificarán las denuncias ante los Ministerios Públicos respectivos, acreditando su personalidad jurídica, así como la propiedad de los Vehículos de que se trate. Universitaria 1801, San Miguel, 15088 Lima, Perú Ver en GoogleMaps Teléfonos: (+511) 626 2530 / 626 2531 Mapa de sitio. Ubicación. . En los supuestos de donación, dación en pago y permuta de Muebles a favor del Estado por conducto de una Dependencia o Entidad, con independencia de la autorización que emita la Subsecretaría de Administración, deberá sujetarse a la autorización que al efecto emita quien sea titular del ente que corresponda o la persona servidora pública que al efecto se designe. No procederá la entrega referida en el párrafo anterior en tanto el inmueble materia de adjudicación se encuentre sujeto a invasión o afectación alguna, quedando a cargo de la autoridad ejecutora realizar las acciones que al efecto resulten conducentes. En tratándose de contratos de prestación de servicios bajo el régimen de honorarios asimilables a salarios, que conlleven que las personas contratadas dispongan de Muebles de propiedad Estatal para el desempeño de los servicios acordados, las Dependencias y Entidades deberán prever las condiciones relativas al uso temporal de bienes muebles que se detentará, describiendo las características de los bienes, previendo además expresamente que éstos serán estrictamente utilizados para el desempeño de los servicios contratados, y que les será aplicable además de lo previsto en los contratos de comodato respectivos, lo establecido en los presentes Lineamientos. Para la Reasignación de Muebles dados de baja ante la DCP, se formulará solicitud por parte de la persona titular del Área Administrativa de la Dependencia o Entidad, debiéndose atender lo previsto en el oficio circular emitido por la Subsecretaría de Administración de la Secretaría, que al efecto de publique en la Página electrónica. La Federación, Entidades Federativas, Municipios o los particulares (personas físicas o morales), podrán solicitar a la DGRMSGC Muebles en calidad de comodato, a través de las Dependencias o Entidades a las que les fueron asignados, justificando plenamente el fin y uso que se les dará, remitiendo la información y documentación que al efecto requiera la DCP. Para la Federación y las Entidades Federativas, los oficios de petición deberán estar suscritos por quien esté facultado para ello. 15088, Perú, Central telefónica 626-2000 Suscripción de los instrumentos notariales. El costo de reposiciones de Vehículos derivados de siniestros por negligencia, mal uso o dolo por parte del Personal usuario, correrá por cuenta de este último, en los casos en que la Aseguradora determine que el seguro no cubrirá el daño causado por el siniestro, o bien, cuando exista omisión de realizar las gestiones conducentes ante la Aseguradora. Artículo 89. Las Dependencias y Entidades, en caso de que no las tengan en su poder, solicitarán a la DCP copias certificadas de los CFDI que acrediten la propiedad de los Vehículos, para los trámites legales que correspondan. inmuebles propiedad municipal a favor del Estado. [1] Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 45, Tercera Parte, de fecha 2 de marzo de 2018. La DCP atenderá las solicitudes de alta de Vehículos, las cuales se deberán realizar a través de oficio firmado por la persona titular del Área Administrativa de la Dependencia o Entidad solicitante, en donde deberán indicar la unidad responsable, el código programático, el nivel (administrativo u operativo) que se le asignará al Vehículo, el número del acuerdo multilateral (PAM) y el número de identificación (ID) que otorga la PEI al CFDI; asimismo deberán anexar los documentos siguientes: En tanto la DCP no reciba la documentación original debidamente integrada, los Vehículos no serán dados de alta y asegurados. Extravío, robo, daño o destrucción de Muebles. Artículo 93. Se actualiza permanentemente con las nuevas tesis y trabajos de investigación sustentados y autorizados, así como también con los . Arrendamiento de Bienes Inmuebles de Propiedad Estatal. Las Dependencias y Entidades no podrán entregar en calidad de apoyo o bajo cualquier otro concepto distinto a la Reasignación, Muebles a otras Dependencias o Entidades, y en caso de hacerlo, la responsabilidad no se transfiere y los bienes seguirán bajo el resguardo de las Dependencias o Entidades a quienes originalmente estén asignados los Muebles respectivos. Se pondrá especial énfasis en los métodos dogmático, funcional y teleológico de las . La DCP se encargará de verificar que el importe del deducible sea el correcto. Baja de Muebles en el Padrón de la Propiedad Mobiliaria Estatal, Solicitud de recepción y baja de Muebles. Artículo 45. Reasignación, Comodato y Enajenación de Vehículos. Para efecto de actos de adquisición diversos a los realizados por la DAS, se deberá entregar la documentación siguiente: Artículo 55. En caso de compras liberadas, además de lo que la DGRMSGC determine, deberá anexar copia del oficio de liberación autorizada. Artículo 75. De lo contrario, la documental que haya sido remitida a la DCP será devuelta a las Dependencias y/o Entidades correspondientes. Inmuebles que dejan de cumplir con la finalidad asignada. Artículo 88. En lo concerniente al precio pactado a razón de la operación de compra-venta, corresponderá a las áreas solicitantes llevar a cabo los trámites conducentes para materializar la obligación de pago. La entrega física del bien inmueble estatal otorgado en asignación, se formalizará mediante la suscripción del acta de «Entrega-Recepción», elaborada para tales efectos por la DCP. El Personal usuario de Vehículos oficiales siniestrados o, en caso de estar imposibilitados, el personal de las Dependencias y Entidades a las que los Vehículos estén asignados, deberán esperar en el lugar de los hechos al ajustador, recibir copia de la declaración del siniestro y verificar que los datos asentados sean correctos, reportar el siniestro y entregar el documento referido a las Áreas Administrativas a las cuales estén asignados los Vehículos respectivos. En la autorización que se emita conforme lo anterior, se determinarán las condiciones a las cuales quedarán sujetas las Dependencias y Entidades usuarias. Control Patrimonial. En el supuesto de que las Entidades pretendan donar sus Muebles, será necesario que sus órganos de gobierno emitan los respectivos acuerdos, a través de los cuales se autorizan las donaciones correspondientes. Son sujetos de aplicación de los presentes Lineamientos, las Dependencias y Entidades que integran la Administración Pública Estatal. Una vez que proceda el alta respectiva, la DCP remitirá oficio a la Dirección General de Contabilidad Gubernamental de la Secretaría, para que ésta última, en el ámbito de su competencia, efectúe el registro contable del activo correspondiente. La DCP tramitará el alta de todos los bienes inmuebles estatales en el Padrón de la Propiedad Inmobiliaria Estatal conforme a lo dispuesto en los presentes Lineamientos y demás normatividad aplicable. Reporte de inventario de bienes muebles e inmuebles, Estado analítico saldo de la deuda directa, Estado analítico costo financiero de la deuda directa, Endeudamiento neto de Gobierno del Estado, Deuda avalada, subsidiaria, solidaria o similar, Registro Estatal de la Deuda Pública y Obligaciones, Listado de Proyectos - Primer Contrato Deuda 2020, Listado de Proyectos - Segundo Contrato de Deuda 2020, Listado de proyectos - Tercer y Cuarto, Contratos Deuda 2020, Listado de Proyectos - Primer Contrato Deuda 2021, Listado de Proyectos - Segundo Contrato Deuda 2021, Listado de proyectos - Financiamiento 2022, Título V de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Indice de Transparencia y Disponibilidad de la Información Fiscal, Bienes arqueológicos, artísticos e históricos, Listado de contribuyentes (Artículo 69 del Código Fiscal de la Federación), Programa Anual de Desarrollo Archivístico de la SFIA, Índice de Transparencia y Disponibilidad de la Información Fiscal, Servicios de licencia en materia de alcoholes, Consultas vehiculares (Entidades Federativas), Inscripción al Registro Estatal de Contribuyentes (REC-1), Inscripción y Avisos complementarios REC, Comprobante refrendo placas vehiculos oficiales, Bases para Licitación Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, Certificaciones de pagos y validaciones de documentos, Derechos del Registro Público de la Propiedad y Servicios del Archivo General de Notarías, Secretaría del Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial, Fiscalía General del Estado de Guanajuato, Servicios de la Dirección General de Transporte, Secretaría de Infraestructura, Conectividad y Movilidad, Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural, Arrendamiento, venta de terrenos y otros bienes, Secretaría de Desarrollo Económico y Sustentable, Unidad de Transparencia y Archivos del Poder Ejecutivo UTAPE, Impuesto Sobre Loterías Rifas Sorteos y Concursos, Pago de créditos fiscales estatales y federales coordinados, Refrendo de licencias de funcionamiento en materia de alcoholes, Pago infracciones a la Ley de Movilidad del Estado y su Reglamento, Reimpresión de comprobantes (Impuestos Estatales pagados por Internet), Pago de notarios públicos de otros Estados, Pago de IEPS a la Venta Final de Gasolina y Diesel, Vacaciones Institucionales Primer periodo 2022, Casas de empeño, Padrón de casas de empeño y Yonkes, Inscripción en el Padrón de Proveedores, Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado, Racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal, Aplicación de recursos en materia de proyectos de inversión, Otorgamiento y recepción de garantías a favor del gobierno estatal, Administración de los Recursos Humanos adscritos a las Dependencias, Entidades y Unidades de apoyo de la Administración Pública Estatal, Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones, Programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios, Gestión para Resultados para la Administración Pública del Estado, Gestión, Suscripción, Ejecución, Control y Seguimiento de los Convenios Federales, Administración y Ejercicio de los Recursos Provenientes del Ramo General 33, Trámites de pago y operaciones financieras, Políticas de Inversiones Financieras para la Administración Pública Paraestatal, Criterios en materia de otorgamiento de apoyo extraordinario Decreto 35, Código de Ética del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato, Política de Igualdad Laboral y No Discriminación, http://finanzas.guanajuato.gob.mx/ce_compras_servicios, https://sfadas.guanajuato.gob.mx/compras/. otitis externa analgésico, informe de suficiencia profesional unfv, como cambiar malos hábitos de vida, la equilibración de las estructuras cognitivas jean piaget pdf, acompañamiento pedagógico 2020, cuadrillas de trabajo en construccion 2022, colegio de psicólogos de santa domitila, limpiaparabrisas bosch aerofit, gran danés precio perú, segundo gobierno de fujimori, menú yatra mcdonald's perú, universidad nacional del santa, asociación peruano 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