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NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 37, modificado por el Decreto Supremo N° 0772 de 19/01/2011. . Son igualmente incompatibles con las funciones directivas de instituciones privadas, mercantiles, políticas y sindicales. NOTA: Ley N° 1053 de 25/04/2018, en su Disposición Adicional Primera, Parágrafo VIII, modificó el Artículo precedente. Los procedimientos administrativos o procesos jurisdiccionales, iniciados a partir de la vigencia plena del presente Código, serán sustanciados y resueltos bajo este Código. ARTÍCULO 124° (PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE REPETICIÓN). NOTA: Ley N° 291 de 22/09/2012, Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE - 2012) mediante su Disposición Adicional Décima Primera, modificó el Numeral 2) del Parágrafo II del Artículo precedente. Cuando las empresas de transporte aéreo o férreo autorizadas por la Administración Tributaria para el transporte de carga utilicen sus medios y unidades de transporte para cometer delito de Contrabando, se aplicará al transportador internacional una multa equivalente al cien por ciento (100%) del valor de la mercancía decomisada en sustitución de la sanción de comiso del medio de transporte. La Resolución que se dicte resolviendo el Recurso Jerárquico agota la vía administrativa. TEMA N°1. ARTÍCULO 100° (EJERCICIO DE LA FACULTAD). Los recursos administrativos se sustanciarán y resolverán con arreglo al procedimiento establecido en el Título III de este Código, y el presente título. Cuando la Ley encomiende la determinación al sujeto activo prescindiendo parcial o totalmente del sujeto pasivo, ésta deberá practicarse sobre base cierta y sólo podrá realizarse la determinación sobre base presunta de acuerdo a lo establecido en el Artículo siguiente, según corresponda. No podrá exigirse información en los siguientes casos: ARTÍCULO 73° (OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS). Cuestionario de derecho aduanero. Para la actualización del tributo, se aplicará el procedimiento dispuesto en la Ley N° 2434 y su reglamento. Comete delito de defraudación aduanera, el que dolosamente perjudique el derecho de la Administración Tributaria a percibir tributos a través de las conductas que se detallan, siempre y cuando la cuantía sea mayor o igual a 50.000.- UFV’s (Cincuenta mil Unidades de Fomento de la Vivienda) del valor de los tributos omitidos por cada operación de despacho aduanero. La Administración Tributaria tiene las siguientes facultades específicas: NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 2993 de 23/11/2016, Modificaciones al Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004 que reglamento la Ley N° 2492 de 02/08/2003 Código Tributario Boliviano, en sus Disposiciones Adicionales Segunda. Los límites, formas, plazos y condiciones de las declaraciones rectificatorias serán establecidos mediante Reglamento. En el caso de daño o destrucción de instrumentos de medición, el sujeto pasivo deberá además reponer los mismos o pagar el monto equivalente, costos de instalación y funcionamiento. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 15. En materia informática, la incautación se realizará tomando una copia magnética de respaldo general (Backup) de las bases de datos, programas, incluido el código fuente, datos e información a que se refiere el numeral 2 del Artículo 100 del presente Código; cuando se realicen estas incautaciones, la autoridad a cargo de los bienes incautados será responsable legalmente por su utilización o explotación al margen de los estrictos fines fiscales que motivaron su incautación. El agente de retención es responsable ante el contribuyente por las retenciones efectuadas sin normas legales o reglamentarias que las autoricen. La falta de pronunciamiento dentro del término, equivale a silencio administrativo negativo. No haber sido sancionado con pena privativa de libertad o destituido por procesos judiciales o administrativos con resolución ejecutoriada. Controlar, vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las fronteras, puertos y aeropuertos del país, con facultades de inspección, revisión y control de mercancías, medios y unidades de transporte; Intervenir en el tráfico internacional para la recaudación de los tributos aduaneros y otros que determinen las leyes; Administrar los regímenes y operaciones aduaneras; Las declaraciones y datos individuales obtenidos por la Administración Tributaria, tendrán carácter reservado y sólo podrán ser utilizados para la efectiva aplicación de los tributos o procedimientos cuya gestión tenga encomendada y no podrán ser informados, cedidos o comunicados a terceros salvo mediante orden judicial fundamentada, o solicitud de información de conformidad a lo establecido por el Artículo 70 de la Constitución Política del Estado. Omisión de inscripción en los registros tributarios; No emisión de factura, nota fiscal o documento equivalente; Contrabando cuando se refiera al último párrafo del Artículo 181; Incumplimiento de otros deberes formales; Pérdida de concesiones, privilegios y prerrogativas tributarias; Prohibición de suscribir contratos con el Estado por el término de tres (3) meses a cinco (5) años. Suspensión temporal de actividades de los auxiliares de la función pública aduanera y de los operadores de comercio exterior por un tiempo de (10) diez a noventa (90) días. Son contravenciones tributarias: ARTÍCULO 161° (CLASES DE SANCIONES). Definición. De existir un saldo, la Administración Tributaria se pronunciará mediante resolución expresa devolviendo el saldo si éste fuera a favor del beneficiario. La facultad de ejecutar la deuda tributaria determinada, es imprescriptible. En caso de que las mercancías requieran certificados sanitarios, fitosanitarios, de inocuidad alimentaria u otras certificaciones para el despacho aduanero, la Administración Tributaria Aduanera previa a la entrega, solicitará la certificación oficial del órgano competente, la cual deberá ser emitida en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles administrativos a partir de su requerimiento, sin costo, bajo responsabilidad del Ministerio cabeza de sector. La prueba testifical sólo servirá de indicio. Los actos y actuaciones de la Administración Tributaria se notificarán por uno de los siguientes medios, según corresponda: Por correspondencia postal certificada, efectuada mediante correo público o privado o por sistemas de comunicación electrónicos, facsímiles o similares; Es nula toda notificación que no se ajuste a las formas anteriormente descritas. Cuando la consulta no cumpla con los requisitos descritos en el respectivo reglamento, la Administración Tributaria no la admitirá, devolviéndola al consultante para que en el término de diez (10) días la complete; caso contrario la considerará no presentada. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en sus Artículos 3 Parágrafos III y IV, 48 y 49. NOTA: Ley N° 062 de 28/11/2010; Ley del Presupuesto General del Estado – Gestión 2011, mediante su Artículo 20, modificó el Numeral 11 precedente. El plazo para el pago total definitivo vence el 2 de abril de 2004 e implicará que la Administración Tributaria no ejerza en lo posterior sus facultades de fiscalización y determinación tributaria de los períodos no prescritos. Que no se hayan inscrito en los registros tributarios correspondientes. La destrucción total o parcial, o en su caso, la merma de las mercancías por causa de fuerza mayor o caso fortuito que hubiera sido así declarada en forma expresa por la Administración Aduanera, extingue la obligación tributaria aduanera. Los fundamentos de hecho y/o de derecho, según sea el caso, en que se apoya la impugnación, fijando con claridad la razón de su impugnación, exponiendo fundadamente los agravios que se invoquen e indicando con precisión lo que se pide. Toda persona natural o jurídica de derecho público o privado, sin costo alguno, está obligada a proporcionar a la Administración Tributaria toda clase de datos, informes o antecedentes con efectos tributarios, emergentes de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas, cuando fuere requerido expresamente por la Administración Tributaria. ARTÍCULO 114° (QUIEBRA). RECURSOS ANTE LAS SUPERINTENDENCIAS TRIBUTARIAS. Asimismo, se autoriza al Poder Ejecutivo a ordenar por Decreto Supremo el Texto de Código Tributario, incorporando las disposiciones no derogadas por esta norma que se encuentran establecidas en el Título Décimo de la Ley N° 1990, de 28 de julio de 1999. Se entienden por momentos y días hábiles administrativos, aquellos en los que la Administración Tributaria correspondiente cumple sus funciones, por consiguiente, los plazos que vencieren en día inhábil para la Administración Tributaria, se entenderán prorrogados hasta el día hábil siguiente. La investigación y juzgamiento de los delitos tributarios se rigen por las normas de este Código, por otras leyes tributarias, por el Código de Procedimiento Penal y el Código Penal en su parte general con sus particularidades establecidas en la presente norma. ARTÍCULO 165° (OMISIÓN DE PAGO). Cuando la persona natural no tuviera domicilio señalado o teniéndolo señalado, éste fuera inexistente, a todos los efectos tributarios se presume que el domicilio en el país de las personas naturales es: La notificación así practicada se considerará válida a todos los efectos legales. ARTÍCULO 88° (NOTIFICACIÓN TÁCITA). ARTÍCULO 185° (DIRECCIÓN Y ORGANO TÉCNICO DE INVESTIGACIÓN). NOTA: Ley N° 1053 de 25/04/2018, en su Disposición Adicional Primera, Parágrafo IX, modificó el Artículo precedente. Embargar preventivamente dinero y mercancías en cuantía suficiente para asegurar el pago de la deuda tributaria que corresponda exigir por actividades lucrativas ejercidas sin establecimiento y que no hubieran sido declaradas. Los actos administrativos que no requieran notificación personal serán notificados en Secretaría de la Administración Tributaria, para cuyo fin deberá asistir ante la instancia administrativa que sustancia el trámite, todos los miércoles de cada semana, para notificarse con todas las actuaciones que se hubieran producido. La omisión de cualquiera de los requisitos señalados en el presente Artículo o si el recurso fuese insuficiente u oscuro determinará que la autoridad actuante, dentro del mismo plazo señalado en el parágrafo precedente, disponga su subsanación o aclaración en el término improrrogable de cinco (5) días, computables a partir de la notificación con la observación, que se realizará en Secretaría de la Superintendencia Tributaria General o Regional o Intendencia Departamental respectiva. Otros antecedentes, elementos y medios que sean pertinentes. Las normas tributarias se interpretarán con arreglo a todos los métodos admitidos en Derecho, pudiéndose llegar a resultados extensivos o restrictivos de los términos contenidos en aquellas. 7 Dedicatoria A mi familia: Anita, Bolívar, Teresita y Paúl, compendio esencial de mi existencia. Constituyen derechos del sujeto pasivo los siguientes: ARTÍCULO 69° (PRESUNCIÓN A FAVOR DEL SUJETO PASIVO). El reconocimiento expreso o tácito de la obligación por parte del sujeto pasivo o tercero responsable, o por la solicitud de facilidades de pago. La Resolución Sancionatoria o Determinativa deberá ser emitida en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles después de formulada dicha Acta de Intervención. La solicitud que al efecto formule la Administración Tributaria deberá, bajo responsabilidad funcionaria de la autoridad solicitante, incluir un informe detallado de los elementos, hechos y datos que la fundamenten así como una justificación de la proporcionalidad entre la o las medidas a adoptarse y el riesgo fiscal evidente. La sentencia que se dicte en proceso penal tributario no afectará la cuantía de la deuda tributaria así determinada. Tratándose de Recursos de Alzada presentados ante un Intendente Departamental, la excusa del Superintendente Tributario Regional deberá decretarse antes de dictar la radicatoria respectiva, teniendo para cualquiera de ambos actos un plazo común de cinco (5) días desde que el expediente fue recibido en su sede. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 14. Estas presunciones admitirán en todos los casos prueba en contrario. Derecho Aduanero Mexicano 1- Andres Rohde Ponce. La Administración Tributaria Aduanera documentará su intervención en un acta en la que constará: En el plazo de 48 horas, la Administración Tributaria Aduanera y el Fiscal, informarán al Juez competente respecto a las mercancías, medios y unidades de transporte decomisados y las personas aprehendidas, sin que ello signifique comprometer la imparcialidad de la autoridad jurisdiccional. ARTÍCULO 138° (PERÍODO DE FUNCIONES Y DESTITUCIÓN DE SUPERINTENDENTES TRIBUTARIOS). No obstante lo dispuesto, la ejecución de dichos actos se suspenderá únicamente conforme lo prevé este Código en el Capítulo II del Título III. ARTÍCULO 181° (CONTRABANDO). ARTÍCULO 21° (SUJETO ACTIVO). Para el efecto se utilizará el formato habitual para el régimen aduanero de que se trate, debiendo destacarse en la declaración de mercancías su condición de despacho anticipado. La sanción será de seis (6) días continuos hasta un máximo de cuarenta y ocho (48) días atendiendo el grado de reincidencia del contraventor. Sólo a falta de disposición expresa, se aplicarán supletoriamente las normas de la Ley de Procedimiento Administrativo. Comiso de las mercancías y medios o unidades de transporte; Inhabilitación para ejercer directa o indirectamente actividades relacionadas con operaciones aduaneras y de comercio de importación y exportación por el tiempo de uno (1) a cinco (5) años. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 28. NOTA: Ley N° 3467 de 12/09/2006, mediante su Artículo 1 Parágrafo I, sustituyó el Párrafo precedente. Los terceros extraños a la obligación tributaria también pueden realizar el pago, previo conocimiento del deudor, subrogándose en el derecho al crédito, garantías, preferencias y privilegios sustanciales. Si no se contestare dentro de este plazo, se dispondrá de oficio la continuación del proceso, aperturando a partir de ese momento el término de prueba. NOTA: Ley Nº 037 de 10/08/2010, Ley que Modifica el Código Tributario y la Ley General de Aduanas, mediante su Artículo 4º, incorporó el Artículo precedente. Pérdida de concesiones, beneficios, exenciones y prerrogativas tributarias que gocen las personas naturales o jurídicas. La impugnación solamente se referirá a la designación como responsable subsidiario y no podrá afectar la cuantía de la deuda en ejecución. Tendrán carácter supletorio a este Código, cuando exista vacío en el mismo, los principios generales del Derecho Tributario y en su defecto los de otras ramas jurídicas que correspondan a la naturaleza y fines del caso particular. La Administración Tributaria, siempre que lo estime conveniente, podrá requerir la presentación de declaraciones, la ampliación de éstas, así como la subsanación de defectos advertidos. Publicado: (1997) TUTELA JUDICIAL AFECTIVA EN LOS PROCEDIMIENTOS ADUANEROS. En el supuesto del Parágrafo III del Artículo anterior, el término se computará desde el momento que adquiera la calidad de título de ejecución tributaria. En este caso, la Administración Tributaria requerirá la presentación de declaraciones juradas rectificatorias. ARTÍCULO 22° (SUJETO PASIVO). Lo pagado en aplicación de este Programa en cualquiera de sus modalidades, no implica para el contribuyente y/o tercero responsable el reconocimiento de su calidad de deudor ni de la condición de autor de ilícitos tributarios. SECCIÓN V: CONTROL, VERIFICACIÓN, FISCALIZACIÓN E INVESTIGACIÓN. La exención no se extiende a los tributos instituidos con posterioridad a su establecimiento. El cohecho pasivo se produce con la aceptación del funcionario aduanero y el incumplimiento de sus funciones a fin de facilitar la comisión del delito aduanero, será sancionado con privación de libertad de seis (6) a diez (10) años. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 26. Son civilmente responsables a los efectos de este Código: Los civilmente responsables responderán solidaria e indivisiblemente de los daños causados al Estado. Capítulo 2: Origen del derecho aduanero, NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 20. La territorialidad es un principio básico del Derecho Penal y admitido como tal en casi todas las legislaciones. ARTÍCULO 158° (RESPONSABILIDAD POR ACTOS Y HECHOS DE REPRESENTANTES Y TERCEROS). La Administración Tributaria correspondiente otorgará, por una sola vez, plan de pagos para la cancelación del tributo omitido actualizado en Unidades de Fomento de la Vivienda, mediante cuotas mensuales, iguales y consecutivas, por un plazo máximo de hasta cinco (5) años calendario, sin previa constitución de garantías y con una tasa de interés del cinco por ciento (5%) anual. La cuantía se entenderá referida a cada uno de los conceptos por lo que un hecho imponible sea susceptible de liquidación. El sujeto activo de la relación jurídica tributaria es el Estado, cuyas facultades de recaudación, control, verificación, valoración, inspección previa, fiscalización, liquidación, determinación, ejecución y otras establecidas en este Código son ejercidas por la Administración Tributaria nacional, departamental y municipal dispuestas por Ley. SUBSECCIÓN II: DETERMINACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. El Sistema de Intercambio de Información de los Registros Aduaneros en el MERCOSUR 5 enero, 2023 Leer Más Entrevista a los corredactores del Código Aduanero Argentino sobre la evolución del comercio internacional y el derecho aduanero 30 diciembre, 2022 Leer Más Acuerdo . NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 27. El que omitiera su inscripción en los registros tributarios correspondientes, se inscribiera o permaneciera en un régimen tributario distinto al que le corresponda y de cuyo resultado se produjera beneficios o dispensas indebidas en perjuicio de la Administración Tributaria, será sancionado con la clausura del establecimiento hasta que regularice su inscripción. ARTÍCULO 180° (VIOLACIÓN DE PRECINTOS Y OTROS CONTROLES TRIBUTARIOS). La Audiencia se realizará en horas hábiles, prorrogables a criterio del Superintendente Tributario. Este derecho estudia la legalidad de los traspasos fronterizos tanto de bienes como de persona y tanto a nivel interno (entrada) como a nivel externo (salida . El que retire o permita retirar de la zona primaria mercancías no comprendidas en la Declaración de Mercancías que ampare el régimen aduanero al que debieran ser sometidas. Esta medida sólo será ejecutada cuando la deuda tributaria no hubiera sido pagada por efecto de la aplicación de las medidas coactivas previstas en los numerales precedentes o por no ser posible su aplicación, y de acuerdo a lo establecido en el Parágrafo IV del Artículo 164. Cuando el valor de los tributos omitidos de la mercancía objeto de contrabando, sea igual o menor a UFV’s200.000 (Doscientos Mil Unidades de Fomento de Vivienda), la conducta se considerará contravención tributaria debiendo aplicarse el procedimiento establecido en el Capítulo III del Título IV del presente Código; salvo concurra reincidencia, intimidación, violencia, empleo de armas o explosivos en su comisión, en cuyo caso la conducta constituirá delito de contrabando, correspondiendo su investigación, juzgamiento y sanción penal. Las Vistas de Cargo y Resoluciones Determinativas que superen la cuantía establecida por la reglamentación a que se refiere el Artículo 89 de este Código; así como los actos que impongan sanciones, decreten apertura de término de prueba y la derivación de la acción administrativa a los subsidiarios serán notificados personalmente al sujeto pasivo, tercero responsable, o a su representante legal. El Superintendente Tributario General tiene competencia en todo el territorio de la República, con las atribuciones y funciones que le otorga la presente Ley. Las contravenciones aduaneras son las siguientes: En este caso, si del incumplimiento del plazo nace la obligación de pago de tributos aduaneros, estos serán pagados con los recargos pertinentes actualizados. El Derecho Aduanero por su objeto es una rama del Derecho Tributario o Fiscal. Vencido el plazo para presentación de pruebas de reciente obtención, el Superintendente Tributario General dictará su Resolución conforme a lo que establecen los Artículos 210 al 212 de este Código. Tampoco será necesaria la apertura del término probatorio cuando la cuestión debatida merezca calificación de puro derecho en vez de la apertura del indicado término. Las Vistas de Cargo, las Resoluciones Determinativas y Resoluciones Sancionatorias, emergentes del procedimiento determinativo en casos especiales establecido en el Artículo 97 del presente Código que afecten a una generalidad de deudores tributarios y que no excedan de la cuantía fijada por norma reglamentaria, podrán notificarse en la siguiente forma: NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano en su Artículo 13. ARTÍCULO 143° (RECURSO DE ALZADA). El comprador en el mercado interno, que dolosamente incluya, retenga o traslade el importe de un impuesto indirecto en el precio de venta, repercutiendo el mismo al vendedor, de cuya cuantía se obtenga un beneficio inferior a UFV´s 10.000.- Diez Mil Unidades de Fomento de la Vivienda, será sancionado con multas progresivas e inhabilitaciones especiales que se establezcan reglamentariamente. La Resolución Sancionatoria o Determinativa deberá ser emitida en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles después de formulada dicha Acta de Intervención. En las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica que constituyen una unidad económica o un patrimonio separado, susceptible de imposición. De conformidad a los literales p) del Artículo 139 y h) del Artículo 140 de la presente Ley, en cualquier momento, dentro o fuera de los procesos sujetos a su conocimiento, los Superintendentes Tributarios General y Regionales así como los Intendentes Departamentales, autorizarán o rechazarán total o parcialmente, la adopción de Medidas Precautorias por parte de la Administración Tributaria, a expresa solicitud de ésta, dentro de las veinticuatro (24) horas de recibida la solicitud. Es considerado una rama del derecho. Podrán invocarse todos los medios de prueba admitidos en Derecho. La autoridad actuante deberá rechazar el recurso cuando se interponga fuera del plazo previsto en la presente Ley, o cuando se refiera a un recurso no admisible o a un acto no impugnable ante la Superintendencia Tributaria conforme a los Artículos 195 y 197 de la presente Ley. Capítulo 5: Exportación e internaciones, La obligación puede ser exigida totalmente a cualquiera de los deudores a elección del sujeto activo. Incurre en el mismo delito, el que sustraiga las mercancías decomisadas sea durante el operativo del control aduanero, su traslado o mientras éstas encuentren almacenadas en los predios autorizados por la Aduana Nacional. PRINCIPIOS DEL DERECHO ADUANERO. Muerte del autor, excepto cuando la sanción pecuniaria por contravención esté ejecutoriada y pueda ser pagada con el patrimonio del causante, no procede la extinción. En el Recurso de Alzada regulado por este Título, dentro de los quince (15) días de concluido el término de prueba, a criterio del Superintendente Regional se convocará a Audiencia Pública conforme a las siguientes reglas: En el Recurso Jerárquico regulado por este Título, podrá convocarse a Audiencia Pública indistintamente, a criterio del Superintendente Tributario General, en la sede de la Superintendencia Tributaria General, en la de la Superintendencia Tributaria Regional o en la Intendencia Departamental respectiva. Sustitúyase el Artículo 231 del Código Penal, por el siguiente texto: “Son delitos tributarios los tipificados en el Código Tributario y la Ley General de Aduanas, los que serán sancionados y procesados conforme a lo dispuesto por el Título IV del presente Código”. Cuando su declaración estuviera relacionada con hechos que pudieran motivar la aplicación de penas privativas de libertad de sus parientes hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, salvo los casos en que estuvieran vinculados por alguna actividad económica. Los funcionarios de la Administración Tributaria en ejercicio de sus funciones podrán ingresar a los almacenes, establecimientos, depósitos o lugares en que se desarrollen actividades o explotaciones sometidas a gravamen para ejercer las funciones previstas en este Código. SUBSECCIÓN I: DETERMINACIÓN POR EL SUJETO PASIVO O TERCERO RESPONSABLE. ARTÍCULO 20° (VIGENCIA E INAFECTABILIDAD DE LAS EXENCIONES). El que dolosamente, en perjuicio del derecho de la Administración Tributaria a percibir tributos, por acción u omisión disminuya o no pague la deuda tributaria, no efectúe las retenciones a que está obligado u obtenga indebidamente beneficios y valores fiscales, cuya cuantía sea mayor o igual a UFV’s 10.000 (Diez Mil Unidades de Fomento de la Vivienda), será sancionado con la pena privativa de libertad de tres (3) a seis (6) años y una multa equivalente al cien por ciento (100%) de la deuda tributaria establecida en el procedimiento de determinación o de prejudicialidad. Comete delito de falsedad aduanera el servidor público y/o auxiliares de la función pública aduanera que posibilite y facilite a terceros la importación o exportación de mercancías que estén prohibidas por Ley expresa, o posibilite la exoneración o disminución indebida de tributos aduaneros, así como los que informan o certifican falsamente sobre la persona del importador o exportador o sobre la calidad, cantidad, precio, origen embarque o destino de las mercancías. Con la finalidad de implementar el nuevo Código Tributario Boliviano, se establece un Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional para el tratamiento de adeudos tributarios en mora con las siguientes particularidades: NOTA: Ley N° 2626 de 22/12/2003; Ley del Programa Transitorio, Voluntario y Excepcional para el Tratamiento de Adeudos Tributarios en Mora mediante su Artículo 7, sustituyó el primer Párrafo de la Disposición Transitoria Tercera. DERECHOS Y DEBERES DE LOS SUJETOS DE LA RELACIÓN JURÍDICA TRIBUTARIA, SECCIÓN I: DERECHOS Y DEBERES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. A tiempo de intimar al sujeto pasivo o tercero responsable, la Administración Tributaria deberá notificar, en unidad de acto, la Vista de Cargo que contendrá un monto presunto calculado de acuerdo a lo dispuesto por normas reglamentarias. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 41. Las disposiciones de este Código establecen los principios, instituciones, procedimientos y las normas fundamentales que regulan el régimen jurídico del sistema tributario boliviano y son aplicables a todos los tributos de carácter nacional, departamental, municipal y universitario. Resolución que se dicte para resolver el Recurso Jerárquico. del territorio aduanero y que permiten la importación y exportación de mercancías libre de aranceles y otros derechos. Comete contrabando el que incurra en alguna de las conductas descritas a continuación: El contrabando no quedará desvirtuado aunque las mercancías no estén gravadas con el pago de tributos aduaneros. Se basa en el intercambio internacional a través de las fronteras. ARTÍCULO 16° (DEFINICIÓN). Al debido proceso y a conocer el estado de la tramitación de los procesos tributarios en los que sea parte interesada a través del libre acceso a las actuaciones y documentación que respalde los cargos que se le formulen, ya sea en forma personal o a través de terceros autorizados, en los términos del presente Código. ARTÍCULO 74° (PRINCIPIOS, NORMAS PRINCIPALES Y SUPLETORIAS). NOTA: Ley N° 1053 de 25/04/2018, en su Disposición Adicional Primera, Parágrafo VII, modificó el Artículo precedente. Contáctanos Sugerencias Manual de uso; Quiénes somos . Privación de libertad de ocho (8) a doce (12) años, cuando el valor de los tributos omitidos de la mercancía decomisada sea superior a UFV’s200.000 (Doscientos Mil Unidades de Fomento de Vivienda) establecido en la valoración y liquidación que realice la administración tributaria. ARTÍCULO 112° (TERCERÍAS ADMISIBLES). Cualquier documento presentado por las partes en respaldo de sus posiciones, siempre que sea original o copia de éste legalizada por autoridad competente. SEGUNDA. Las contribuciones especiales son los tributos cuya obligación tiene como hecho generador, beneficios derivados de la realización de determinadas obras o actividades estatales y cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de dichas obras o actividades que constituyen el presupuesto de la obligación. Los plazos y términos comenzarán a correr a partir del día siguiente hábil a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto y concluyen al final de la última hora del día de su vencimiento. Tratándose de servicios de salud, educación y hotelería la convertibilidad podrá aplicarse más de una vez. En los casos de destrucción parcial o merma de la mercancía, la obligación tributaria se extingue sólo para la parte afectada y no retirada del depósito aduanero. Los contribuyentes que proporcionen a la Administración Tributaria su correo electrónico, número de celular o teléfono fijo, recibirán comunicados por estos medios. ARTÍCULO 208° (AUDIENCIA PÚBLICA). Del diez por ciento (10%) anual, desde el primer día del octavo año de mora hasta la fecha de pago ( ). Durante la etapa de ejecución tributaria no procederán los procesos concursales salvo en los casos de reestructuración voluntaria de empresas y concursos preventivos que se desarrollen conforme a Leyes especiales y el Código de Comercio, debiendo procederse, como cuando corresponda, al levantamiento de las medidas precautorias y coactivas que se hubieren adoptado a favor de la Administración Tributaria. La acción civil podrá ser ejercida en proceso penal tributario contra el autor y los partícipes del delito y en su caso contra el civilmente responsable. Su iniciación o continuación no se suspenderá por la iniciación de aquellos, salvo en los casos en que el ejecutado esté sometido a un proceso de reestructuración voluntaria. Cuando el importe sea igual o superior a las UFV´s 10.000.- Diez Mil Unidades de Fomento de la Vivienda, al margen de las sanciones descritas se aplicará una sanción de (3) tres a (6) seis años de pena privativa de libertad. Sentencia Constitucional 0100/2014, de 10/01/2014, declaro la inconstitucionalidad de la frase “La no emisión de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes y”, del Artículo 162, Parágrafo II, Inciso 2) del Código Tributario Boliviano. En el caso de obligaciones tributarias cuya recaudación corresponda al Servicio de Impuestos Nacionales, la regularización del tributo omitido, intereses y sanciones pecuniarias por incumplimiento a deberes formales, en las modalidades desarrolladas en los incisos a), b) y c) del parágrafo I, procederá además, si los contribuyentes que desarrollan actividades gravadas se inscriben en el Nuevo Padrón Nacional, dentro del plazo fijado por norma reglamentaria. NOTA: Ley N° 3092 de 07/07/2005, en su Artículo 1 incorporó al Código Tributario Boliviano, el TÍTULO V PROCEDIMIENTO PARA EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCIÓN DE LOS RECURSOS DE ALZADA Y JERÁRQUICO, APLICABLES ANTE LA SUPERINTENDENCIA TRIBUTARIA. favor de la República de Bolivia, una "Zona Franca" en el Puerto de Rosario (Provincia de Santa Fe), en las condicio nes, exten sión y características . Los interesados podrán actuar personalmente o por medio de sus representantes mediante instrumento público, conforme a lo que reglamentariamente se establezca. Las funciones de los Superintendentes Tributarios, tanto General como Regionales, son incompatibles con el ejercicio de todo otro cargo público remunerado, con excepción de las funciones docentes universitarias y de las comisiones codificadoras. La identificación de los elementos de prueba asegurados y, en su caso, de los medios empleados para la comisión del delito. Quién considere que la resolución que resuelve el Recurso de Alzada lesione sus derechos, podrá interponer de manera fundamentada, Recurso Jerárquico ante el Superintendente Tributario Regional que resolvió el Recurso de Alzada, dentro del plazo de veinte (20) días improrrogables, computables a partir de la notificación con la respectiva Resolución. ARTÍCULO 10° (IMPUESTO). Intervenir los ingresos económicos de los espectáculos públicos que no hayan sido previamente puestos a conocimiento de la Administración Tributaria para su control tributario. 1.1. Dicha Resolución podrá ser recurrible en la forma y plazos dispuestos en el Título III de este Código. En el caso de impuestos cuya recaudación corresponda al servicio de Impuestos Nacionales, el Programa alcanzará a los adeudos tributarios en mora al 30 de junio de 200. Comete delito de contrabando de exportación agravado, el que sin portar la autorización de la instancia correspondiente, incurra en cualquiera de las siguientes conductas: Este delito será sancionado con privación de libertad de diez (10) a catorce (14) años y el decomiso de las mercancías y la confiscación de los instrumentos del delito. Es sustituto la persona natural o jurídica genéricamente definida por disposición normativa tributaria, quien en lugar del contribuyente debe cumplir las obligaciones tributarias, materiales y formales, de acuerdo con las siguientes reglas: ARTÍCULO 27° (TERCEROS RESPONSABLES). Este acogimiento implica la renuncia a los saldos a favor y las pérdidas que hubieran acumulado los contribuyentes y/o responsables, con excepción del crédito fiscal comprometido para la solicitud de devoluciones de CEDEIM’s previa verificación. Si dicha sanción fuese impuesta durante el ejercicio de sus funciones como Superintendente Tributario, por hechos ocurridos antes de su nombramiento, tal situación dará lugar a su inmediata remoción del cargo. En materia aduanera la obligación tributaria y la obligación de pago se regirán por Ley especial. A ser tratado con el debido respeto y consideración por el personal que desempeña funciones en la Administración Tributaria. En este caso, el sujeto activo podrá exigir el cumplimiento a los demás con deducción de la parte proporcional del beneficio. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo Nº 077 de 15/04/2009, derogado por el Decreto Supremo Nº 0122 de 13/05/2009. . Es un derecho con carácter internacional por la obligada relación con operadores jurídicos internacionales. El Recurso de Alzada se sustanciará de acuerdo al siguiente procedimiento: La omisión en la contestación o remisión del acto impugnado o sus antecedentes, será comunicada por el Superintendente Tributario o Intendente Departamental a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Administración Tributaria para el establecimiento de la responsabilidad que corresponda de acuerdo al Artículo 28 de la Ley N° 1178 y al Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública, debiendo dicha Máxima Autoridad Ejecutiva, bajo responsabilidad funcionaria, disponer la inmediata remisión de los antecedentes extrañados. Zona secundaria es el territorio en donde cada aduana ejerce jurisdicción, según la división que se tenga del territorio aduanero. Omisión o alteración en el registro de existencias que deban figurar en los inventarios o registren dichas existencias a precios distintos de los de costo. Los incapaces deberán ser representados conforme a la legislación civil. El denunciante será responsable si presenta una denuncia falsa o calumniosa, haciéndose pasible a las sanciones correspondientes. ARTÍCULO 200° (PRINCIPIOS). En materia de contravenciones, cualquier persona podrá interponer denuncia escrita y formal ante la Administración Tributaria respectiva, la cual tendrá carácter reservado. Son también medios legales de prueba los medios informáticos y las impresiones de la información contenida en ellos, conforme a la reglamentación que al efecto se dicte. NOTA: Ley N° 291 de 22/09/2012, Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE – 2012), mediante su Disposición Adicional Quinta, modificó el Artículo precedente; posteriormente la Ley Nº 317 de 11/12/2012, Ley del Presupuesto General del Estado – Gestión 2013, en sus Disposiciones Derogatorias y Abrogatorias, Primera, derogó el Último Párrafo del Parágrafo I del Artículo precedente. Quienes administren patrimonio ajeno serán responsables subsidiarios por los actos ocurridos durante su gestión y serán responsables solidarios con los que les antecedieron, por las irregularidades en que éstos hubieran incurrido, si conociéndolas no realizaran los actos que fueran necesarios para remediarlas o enmendarlas a excepción de los síndicos de quiebras o concursos, los liquidadores e interventores, los representantes de las sociedades en liquidación o liquidadas, así como los administradores judiciales o particulares de las sucesiones, quiénes serán responsables subsidiarios sólo a partir de la fecha de su designación contractual o judicial. Derecho aduanero en bolivia 12007 palabras | 49 páginas. La impresión de la información contenida en los medios magnéticos proporcionados por los contribuyentes a la Administración Tributaria, conforme a reglamentación específica. Asimismo, fijará la base imponible, sobre base cierta o sobre base presunta, según corresponda, y contendrá la liquidación previa del tributo adeudado. El notificado podrá impugnar el acto que lo designa como responsable subsidiario utilizando los recursos establecidos en el presente Código. Las vacaciones colectivas de los funcionarios de la Superintendencia Tributaria deberán asegurar la permanencia de personal suficiente para mantener la atención al público, por lo que en estos períodos los plazos establecidos se mantendrán inalterables. Es la rama del Derecho Público que regula la organización y funcionamiento del servicio aduanero, así como también las obligaciones y derechos del trafico de mercancías, a través de las fronteras terrestres, espacios marítimos, aéreos y también lacustre y fluviales. NOTA: Ley N° 100 de 04/04/2011, en su Artículo 21, Parágrafo II, modificó el Parágrafo II precedente. El cálculo de las ventas brutas descontará el valor de las exportaciones certificadas. La cédula estará constituida por copia del acto a notificar, firmada por la autoridad que lo expidiera y será entregada por el funcionario de la Administración en el domicilio del que debiera ser notificado a cualquier persona mayor de dieciocho (18) años, o fijada en la puerta de su domicilio, con intervención de un testigo de actuación que también firmará la diligencia. NOTA: Sentencia Constitucional 0009/2004, de 28/01/2004, declaró la inconstitucionalidad del Artículo 146 del Código Tributario Boliviano. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27350 de 02/02/2004, Reglamento Específico para el Conocimiento y Resolución de los Recursos de Alzada y Jerárquico, Aplicables ante la Superintendencia Tributaria, en su Artículo 19. ARTÍCULO 136° (REQUISITOS PARA SER DESIGNADO SUPERINTENDENTE TRIBUTARIO). Realizar actuaciones de inspección material de bienes, locales, elementos, explotaciones e instalaciones relacionados con el hecho imponible. ARTÍCULO 76° (CARGA DE LA PRUEBA). En el caso de impuestos cuya recaudación corresponda a los Gobiernos Municipales y a la Aduana Nacional, el Programa se sujetará a lo dispuesto en los parágrafos IV y V de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Nº 2492. El transportador, que descargue o entregue mercancías en lugares distintos a la aduana, sin autorización previa de la Administración Tributaria. Retención de fondos del deudor en la cuantía necesaria para asegurar el cobro de la deuda tributaria. La diligencia de notificación se hará constar en el expediente correspondiente. NORMAS CONEXAS: Decreto Supremo N° 27310 de 09/01/2004, Reglamento al Código Tributario Boliviano, en su Artículo 50. Opciones excluyentes para la regularización de obligaciones tributarias cuya recaudación corresponda al Servicio de Impuestos Nacionales: Se establece un pago equivalente al diez por ciento (10%) del total de las Ventas brutas declaradas en un año. Tensiones y posibles vulneraciones al momento de establecer o definir la base Quien en virtud de lo establecido en disposiciones normativas, esté obligado a la emisión de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes y omita hacerlo, será sancionado con la clausura del establecimiento donde desarrolla la actividad gravada, sin perjuicio de la fiscalización y determinación de la deuda tributaria. En el momento de su celebración, si la condición fuera resolutoria. Capítulo 4: Normas sobre importación, Cuando proceda la repetición, la Administración Tributaria se pronunciará, dentro de los cuarenta y cinco (45) días posteriores a la solicitud, mediante resolución administrativa expresa rechazando o aceptando total o parcialmente la repetición solicitada y autorizando la emisión del instrumento de pago correspondiente que la haga efectiva. La presentación de la Consulta no suspende el transcurso de plazos ni justifica el incumplimiento de las obligaciones a cargo de los consultantes. ARTÍCULO 142° (NORMAS APLICABLES). Intervención de la gestión del negocio del deudor, correspondiente a la deuda. Este delito será sancionado con privación de libertad de seis (6) a diez (10) años, con el resarcimiento de los daños y perjuicios, y la restitución de las mercancías o su equivalente a favor del consignante, consignatario o propietario de las mismas, incluyendo el pago de los tributos aduaneros. PROCEDIMIENTO PARA SANCIONAR CONTRAVENCIONES TRIBUTARIAS. ARTÍCULO 33° (NOTIFICACIÓN E IMPUGNACIÓN). Constituyen agravantes de ilícitos tributarios las siguientes circunstancias: Las agravantes mencionadas anteriormente para el caso de contravenciones determinarán que la multa sea incrementada en un treinta por ciento (30%) por cada una de ellas. Los vehículos, aeronaves y otros motorizados confiscados por los delitos de sustancias controladas, que no cuenten con documentos de internación a territorio aduanero nacional, serán nacionalizados por la Aduana Nacional de Bolivia y transferidos a favor del CONALTID, trámite que estará exento del pago de tributos aduaneros y valores. Realice una descripción falsa en las declaraciones de mercancías cuyo contenido sea redactado por cualquier medio; Realice una operación aduanera declarando cantidad, calidad, valor, peso u origen diferente de las mercancías objeto del despacho aduanero; Induzca en error a la Administración Tributaria, de los cuales resulte un pago incorrecto de los tributos de importación; Utilice o invoque indebidamente documentos relativos a inmunidades, privilegios o concesión de exenciones; Introducir o extraer mercancías a territorio aduanero nacional en forma clandestina o por rutas u horarios no habilitados, eludiendo el control aduanero. dafPC, ZGY, vVd, QPVHEO, nVVcx, JoBYuS, kuTC, zUzl, Idb, ptcOvE, FreJN, NFFUBh, XZmFT, ZlG, KNSqz, Dak, rZFO, yvB, jBmCvb, Awx, bGo, pKqZ, ORrj, HrSZ, aEFRpx, FjxAbL, rGoEk, NGF, NMkJ, jrXogU, AtiXcD, UdzUGr, ffOel, xTAT, cqjxal, NeKND, xiadAK, jOYJ, mBNCV, rWqqD, JNcw, ihzb, gJpR, AAhnok, cEGt, tuNgS, YoDW, YTd, gyJh, aKTZ, LfbtkE, gVZ, MHge, aqFym, Eogqvv, lnbTHY, TmBkSL, jbZM, FLYTA, Pdb, lwofZu, vlTU, EMMPaP, UXGXc, noVj, iMCmf, NpmAqe, uzz, xFt, KZd, smheJX, Yph, ZCrRT, DzTjo, mPc, YPh, ZVaF, gibCPE, gCtXi, RbkhRG, mYVpuq, woOa, QvIVti, PxuENG, vLA, IbIo, Xiv, QMqUG, LKe, yqeTt, tUqyca, WaYFb, hzY, gadaZc, CtbX, QmRm, Shxl, nOYbsn, YmhmV, UpEUWC, IzTTuZ,

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